La protección de la legalidad urbanística se entiende como el conjunto de medidas y potestades de que dispone la Administración urbanística con competencias en la materia, en los supuestos de incumplimiento de la legalidad formar o material urbanística, tanto para obras y usos en curso de ejecución sin título habilitante o sin ajustarse al mismo, como para obras y usos terminados, así como las medidas a adoptar en caso de que estén amparadas en títulos ilegales.
- Ordenes de ejecución para exigir el mantenimiento de las edificaciones en las condiciones de seguridad, salubridad y ornato.
- Tramitación de expedientes de ruina.
- Expedientes de disciplina (suspensión de plazos, multas coercitivas, requerimientos de legalización, expedientes sancionadores y de restitución de la legalidad ilícitamente alterada, caducidad de licencia, etc.).
- Inspección y control del cumplimiento de la legalidad urbanística.
- Inspecciones Técnicas de Edificios (ITE) e Informes de Evaluación de Edificios (IEE). Enlace.