La protección de la legalidad urbanística se entiende como el conjunto de medidas y potestades de que dispone la Administración urbanística con competencias en la materia, en los supuestos de incumplimiento de la legalidad formar o material urbanística, tanto para obras y usos en curso de ejecución sin título habilitante o sin ajustarse al mismo, como para obras y usos terminados, así como las medidas a adoptar en caso de que estén amparadas en títulos ilegales.

  • Ordenes de ejecución para exigir el mantenimiento de las edificaciones en las condiciones de seguridad, salubridad y ornato.
  • Tramitación de expedientes de ruina.
  • Expedientes de disciplina (suspensión de plazos, multas coercitivas, requerimientos de legalización, expedientes sancionadores y de restitución de la legalidad ilícitamente alterada, caducidad de licencia, etc.).
  • Inspección y control del cumplimiento de la legalidad urbanística.
  • Inspecciones Técnicas de Edificios (ITE) e Informes de Evaluación de Edificios (IEE). Enlace.
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