La licencia de funcionamiento tiene por objeto acreditar que las actividades y las obras que se precisan para su implantación, su modificación o cambio, han sido ejecutadas de conformidad con el proyecto y condiciones en que la licencia de actividad fue concedida y que se encuentran debidamente terminadas y aptas según las determinaciones urbanísticas, ambientales y de seguridad de su destino específico.

Previo al otorgamiento de la correspondiente licencia de funcionamiento, el titular de la actividad deberá haber obtenido la preceptiva licencia de primera ocupación, cuando se trate de nuevas edificaciones que precisen de dicha licencia.

Según la modificación de la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas los titulares de las actividades relacionadas en dicha Ley, podrán optar entre la solicitud de la licencia de funcionamiento o bien presentar declaración responsable de funcionamiento.

La licencia de funcionamiento no exonera a los solicitantes, constructores, instaladores y técnicos de la responsabilidad de naturaleza civil o penal propias de su actividad, de la administrativa por causas de infracción urbanística que derivase de error o falsedad imputable a los mismos, ni de las correspondientes obligaciones fiscales.

 

Documentación
  1. Instancia, según el modelo normalizado que en cada momento determine el Ayuntamiento de Alcalá de Henares. licencia_funcionamiento
  2. Justificante del abono mediante autoliquidación de la tasa por la prestación del servicio de comprobación y control de las actividades de servicio que se realicen en establecimiento físico determinado.
  3. Fotocopia de la Declaración de Alta en el impuesto de actividades económicas (cuando este sea obligatorio), o en su defecto fotocopia de la Declaración Censal correspondiente, indicando los epígrafes que se correspondan con la licencia solicitada.
  4. Deberá aportar declaración jurada firmada por el titular de la actividad indicando que en el local donde se pretende implantar su actividad no se ha realizado ninguna obra respecto al estado anterior legalizado.
  5. Certificado final de Dirección Técnica del proyecto de instalaciones, previamente presentado y autorizado para la obtención de la licencia de actividad, firmado por el técnico competente encargado de dicha dirección, y visado por su colegio profesional correspondiente (cuando el visado sea obligatorio), en el que se refleje que las mismas se han ejecutado conforme al proyecto, presentado y aprobado, que sirvió para la licencia de actividad, que las medidas correctoras impuestas fueron adoptadas, que cumplen las disposiciones vigentes en materia de Seguridad, Salud, Protección del Medio Ambiente y Protección de los trabajadores, que se han realizado las pruebas pertinentes y que se han obtenido resultados favorables de funcionamiento (En caso de actividades que disponiendo de la correspondiente licencia de funcionamiento, soliciten nueva licencia, sin haber realizado modificaciones en el local, no será necesaria su presentación), en el caso, de que el proyecto no este visado este Certificado podrá ser sustituido por Certificado emitido por el Colegio Profesional correspondiente en el que se indique que dicho técnico esta colegiado, habilitado y que cuenta con el seguro exigido por la normativa para la dirección de la ejecución de la obra/instalación objeto de la licencia. Si el Certificado del Colegio Profesional hace referencia a una colegiación y habilitación genérica, deberá acompañarse, además, por documento firmado por el titular del expediente en el que se indique el técnico designado para dirigir las obras e instalaciones objeto de licencia y documento firmado por dicho técnico en el que asuma la dirección de las mismas, o bien un único escrito con igual contenido pero firmado conjuntamente por ambas partes. Igualmente, el Certificado del Colegio Profesional relativo al seguro podrá ser sustituido por el que emita, en los mismos términos, la compañía aseguradora con la que el técnico haya suscrito la póliza de responsabilidad civil referida a la ejecución de las obras objeto de la licencia.
  6. Declaración Jurada del titular de la actividad, indicando que dispone de todas las autorizaciones, en materia de seguridad, sanitaria y salud pública y de protección del medio ambiente, contrato de arrendamiento o escritura de compraventa del local, establecimiento, edificio o parcela, que ha obtenido la preceptiva licencia de obras, cuando la implantación de la actividad, conlleve realización de obras así como que dispone de los contratos de mantenimiento de las instalaciones que así se determinen en la reglamentación sectorial de aplicación, y que sean necesarias para el desarrollo de su actividad tanto a nivel Estatal, Autonómico y Municipal.

Para actividades incluidas en la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid:

Plan de autoprotección, para aquellas actividades que estén obligadas a su presentación, según la legislación vigente.

Póliza de seguros en vigor de responsabilidad civil y de riesgo de incendios.

Dictámenes de autorización de las instalaciones eléctricas, contra incendios, gas, climatización, registros sanitarios, cursos de formación en materia de manipulación de alimentos, certificados de desinfección, desinsectación, desratización de su local, contratos con gestores de recogida de residuos, certificados de las mediciones acústicas según lo establecido en la ordenanza de prevención de ruidos y vibraciones en vigor, registros y autorizaciones medioambientes y demás requisitos que requiera la normativa de aplicación.

Ficha técnica del local y otros establecimientos abiertos al público y solicitud del cartel identificativo (solo para actividades incluidas en la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid).             

Documentación que se haya indicado en el informe técnico sanitario y/o informe técnico ambiental, informe de evaluación ambiental o declaración de impacto ambiental, según proceda.

Asimismo, deberá aportarse toda aquella documentación exigida por normativa de rango legal o reglamentario que resulte de aplicación en lo sucesivo.

Declaración Responsable de Funcionamiento

De forma opcional, los titulares de actividades incluidas en la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, podrán solicitar el funcionamiento mediante declaración responsable. declaracion_responsable_funcionamiento_lepar

Cómo realizar el trámite

Puede presentar la solicitud de licencia de cualquiera de las formas siguientes:

En línea: a través del enlace al Registro Electrónico. Para ello deberá disponer de alguno de los certificados electrónicos admitidos.

IMPORTANTE: El artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece quienes están obligados a relacionarse con medios electrónicos con las administraciones públicas.

Presencialmente: en las oficinas de registro municipales, en los registros de otras Administraciones Públicas o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Pago

Autoliquidación de la Tasa por la prestación del servicio de comprobación y control de las actividades de servicio que se realicen en establecimiento físico determinado. 

El abono de la autoliquidación podrá efectuarse mediante pago online con tarjeta de crédito, debido, prepago o virtual o mediante la presentación del documento de autoliquidación en cualquiera de las entidades colaboradoras que señalan en el mismo. No serán admitidos pagos mediante transferencia bancaria.

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