Los titulares de actividades incluidas en la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, podrán solicitar el funcionamiento mediante declaración responsable donde manifiestan, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos exigidos por la normativa vigente, que dispone de la documentación administrativa y técnica que así lo acredite y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el período de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio, así como a comunicar las posibles modificaciones que pueda efectuar en las condiciones en las que se ejerce la actividad.

 

Documentación
  1. Impreso normalizado cumplimentado y firmado según modelo del Ayuntamiento de Alcalá de Henares. declaracion_responsable_funcionamiento_lepar
  2. Acreditación de la Representación, en su caso. acreditación_representación
  3. Documento justificativo del abono mediante autoliquidación de la tasa por prestación del Servicio de Comprobación y Control de las Actividades de Servicios que se realicen en establecimiento físico determinado. El pago no puede realizarse mediante transferencia bancaria
  4. Fotocopia de la Declaración de Alta en el impuesto de actividades económicas (cuando este sea obligatorio), o en su defecto fotocopia de la Declaración Censal correspondiente, indicando los epígrafes que se correspondan con la licencia solicitada
  5. Deberá aportar declaración jurada firmada por el titular de la actividad indicando que en el local donde se pretende implantar su actividad no se ha realizado ninguna obra respecto al estado anterior legalizado.
  6. Certificado final de Dirección Técnica del proyecto de instalaciones, previamente presentado y autorizado para la obtención de la licencia de actividad, firmado por el técnico competente encargado de dicha dirección, y visado por su colegio profesional correspondiente (cuando el visado sea obligatorio), en el que se refleje que las mismas se han ejecutado conforme al proyecto, presentado y aprobado, que sirvió para la licencia de actividad, que las medidas correctoras impuestas fueron adoptadas, que cumplen las disposiciones vigentes en materia de Seguridad, Salud, Protección del Medio Ambiente y Protección de los trabajadores, que se han realizado las pruebas pertinentes y que se han obtenido resultados favorables de funcionamiento (En caso de actividades que disponiendo de la correspondiente licencia de funcionamiento, soliciten nueva licencia, sin haber realizado modificaciones en el local, no será necesaria su presentación), en el caso, de que el proyecto no este visado este Certificado podrá ser sustituido por Certificado emitido por el Colegio Profesional correspondiente en el que se indique que dicho técnico esta colegiado, habilitado y que cuenta con el seguro exigido por la normativa para la dirección de la ejecución de la obra/instalación objeto de la licencia. Si el Certificado del Colegio Profesional hace referencia a una colegiación y habilitación genérica, deberá acompañarse, además, por documento firmado por el titular del expediente en el que se indique el técnico designado para dirigir las obras e instalaciones objeto de licencia y documento firmado por dicho técnico en el que asuma la dirección de las mismas, o bien un único escrito con igual contenido pero firmado conjuntamente por ambas partes. Igualmente, el Certificado del Colegio Profesional relativo al seguro podrá ser sustituido por el que emita, en los mismos términos, la compañía aseguradora con la que el técnico haya suscrito la póliza de responsabilidad civil referida a la ejecución de las obras objeto de la licencia.
  7. Plan de autoprotección, para aquellas actividades que estén obligadas a su presentación, según la legislación vigente.
  8. Póliza de seguros en vigor de responsabilidad civil y de riesgo de incendios.
  9. Dictámenes de autorización de las instalaciones eléctricas, contra incendios, gas, climatización, registros sanitarios, cursos de formación en materia de manipulación de alimentos, certificados de desinfección, desinsectación, desratización de su local, contratos con gestores de recogida de residuos, certificados de las mediciones acústicas según lo establecido en la ordenanza de prevención de ruidos y vibraciones en vigor, registros y autorizaciones medioambientes y demás requisitos que requiera la normativa de aplicación.
  10. Ficha técnica del local y otros establecimientos abiertos al público y solicitud del cartel identificativo (solo para actividades incluidas en la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid)
  11. Documentación que se haya indicado en el informe técnico sanitario y/o informe técnico ambiental, informe de evaluación ambiental o declaración de impacto ambiental, según proceda.
  12. Asimismo, deberá aportarse toda aquella documentación exigida por normativa de rango legal o reglamentario que resulte de aplicación en lo sucesivo.
Efectos

Las Declaraciones Responsables, no contrarias a la normativa urbanística, permitirán, con carácter general, el derecho a la ejecución de obras y al ejercicio de la actividad desde el día de su presentación, siempre que vaya acompañada de su documentación completa, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección del Ayuntamiento.

La Declaración Responsable tendrá vigencia en tanto se realicen los actos amparados por las mismas y de acuerdo con las condiciones especiales que integren su contenido, mientras no se resuelva el oportuno expediente administrativo de declaración de ineficacia de la misma.

La realización de actos, operaciones y actuaciones a las que se refiere el presente régimen, sin comunicación previa al Ayuntamiento, carecerán de título habilitante a todos los efectos.

Con carácter previo a la presentación de la Declaración Responsable, el interesado podrá solicitar consulta conforme al art. 10 de la Ordenanza de Tramitación de Licencias Urbanísticas o cita previa a los Servicios Técnicos Municipales, a fin de evitar cualquier efecto desfavorable ocasionado por la falta de información sobre la ejecución de la obra

La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a una declaración responsable, o su no presentación, determinará la imposibilidad de iniciar, modificar la actividad o su ejercicio desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiere lugar.

Si la inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial trajera causa del proyecto técnico, los autores del mismo incurrirán en las responsabilidades previstas en la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid.

La resolución del Ayuntamiento que, previa audiencia del interesado, declare tales circunstancias podrá determinar la obligación del interesado de restituir la situación jurídica al momento previo al reconocimiento o al ejercicio del derecho o al inicio de la actividad correspondiente, así como la imposibilidad de instar un nuevo procedimiento con el mismo objeto durante un período máximo de un año.

Cómo realizar el trámite

Puede presentar la Declaración Responsable de cualquiera de las formas siguientes:

En línea: a través del enlace al Registro Electrónico. Para ello deberá disponer de alguno de los certificados electrónicos admitidos.

IMPORTANTE: El artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece quienes están obligados a relacionarse con medios electrónicos con las administraciones públicas.

Presencialmente: en las oficinas de registro municipales, en los registros de otras Administraciones Públicas o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Pago

Autoliquidación de la Tasa por la prestación del servicio de comprobación y control de las actividades de servicio que se realicen en establecimiento físico determinado.

El abono de la autoliquidación podrá efectuarse mediante pago online con tarjeta de crédito, debido, prepago o virtual o mediante la presentación del documento de autoliquidación en cualquiera de las entidades colaboradoras que señalan en el mismo. No serán admitidos pagos mediante transferencia bancaria.

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