Estarán sujetas al régimen de previa presentación del documento de Declaración Responsable los actos de uso del suelo, del vuelo y del subsuelo que no estén sujetos al régimen de previa obtención de licencia, y en particular las siguientes actuaciones:

  1. Actividades y sus correspondientes obras incluidas en los ámbitos de aplicación de la Ley 2/2012, de 12 de junio, de Dinamización de la Actividad Comercial en la Comunidad de Madrid (LDCAM), y en el Título I de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios (LLC), o normativa que la sustituya o complemente.
  2. Actividades y sus correspondientes obras que aún necesitando proyecto técnico según Ley de Ordenación de la Edificación, estén incluidas en los ámbitos de aplicación de la Ley 2/2012, de 12 de junio, de Dinamización de la Actividad Comercial de la Comunidad de Madrid y en la Ley estatal 12/2012, de 26 de diciembre, de Medidas Urgentes de Dinamización del Comercio y determinados servicios.

Se exceptúan del ámbito de aplicación de la Declaración Responsable las obras a realizar en los edificios considerados fuera de ordenación y los edificios declarados Bien de Interés Cultural y Patrimonial y a los edificios con elementos protegidos incluidos en los catálogos del P.G.O.U., Plan Especial de Protección del Casco Histórico, Planes Especiales de Reforma Interior y Catálogo Geográfico de la Comunidad de Madrid.

Declaración responsable única para ejecución de obra con proyecto técnico con actividad. Documentación
  1. Documento de Declaración Responsable firmado y cumplimentado según modelo del Ayuntamiento de Alcalá de Henares. declaracion_responsable_actividad_con obras_asociadas
  2. Acreditación de la Representación, en su caso. acreditación_representación
  3. Documento justificativo del abono mediante autoliquidación de la tasa por prestación de servicios urbanísticos.
  4. Documento justificativo del abono mediante autoliquidación de la tasa por prestación del Servicio de Comprobación y Control de las Actividades de Servicios que se realicen en establecimiento físico determinado.
  5. Documento justificativo del abono mediante autoliquidación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
  6. Proyecto técnico que incluya obra y actividad redactado por técnico competente, según CTE incluyendo:
  • Plano de situación e implantación, así como planos de plantas, acotados y con superficies construidas conforme a lo establecido en el Anexo I de esta Ordenanza.
  • Acreditación expresa del cumplimiento de los parámetros urbanísticos. Se añadirá a la Memoria, cuadro comparativo de superficies, a efectos del cómputo de edificabilidad y ocupación con relación al planeamiento vigente.
  • Documentación en la que se justifique, en los casos de edificios con locales y/o naves industriales que se construyan de forma genérica sin uso o en bruto, para una posterior adecuación, el cumplimiento de los siguientes aspectos:
  1. Las condiciones de protección contra incendios en cuanto a la estabilidad y resistencia al fuego de la estructura y elementos constructivos.
  2. Las condiciones de aislamiento acústico.
  3. La implantación de las correspondientes chimeneas de salidas de humos y/o ventilación preceptivas para ciertas actividades.
  4. Las canalizaciones o conducciones previstas para acondicionamiento de aire, y todas aquellas que discurran por las zonas comunes o sean medianeras de los edificios de uso residencial.
  5. El cumplimiento de la normativa de accesibilidad, al menos en de las entradas a cada local/nave.

Deberán quedar expresamente indicados en memoria y en un plano general: cuales son los locales que disponen de salida de humos, que accesos cumplen la normativa de accesibilidad, cual es la altura libre de cada local y cualquier otra característica que pueda suponer limitaciones de uso.

Además:

En el caso de que para la ejecución de las obras necesiten ocupar la vía pública, deberá presentar la correspondiente solicitud de autorización.

  1. Declaración de alta en el impuesto de actividades económicas (cuando este sea obligatorio), o en su defecto fotocopia de la Declaración censal correspondiente, indicando los epígrafes que se correspondan con la declaración presentada.
  2. Estudio de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal de gestión de residuos o, en su caso, Impreso normalizado para la gestión de residuos y copia de la fianza depositada para responder de la correcta gestión de los mismos.
  3. Contrato de mantenimiento de instalaciones de extinción de incendios
  4. Plano justificativo del cumplimiento de las condiciones de intervención de bomberos en la aproximación a los edificios.
  5. Deberá contener memoria con la descripción de la actividad en su caso.
  6. Instrucciones sobre uso, conservación y mantenimiento del edificio una vez terminado.
  7. Normas de actuación en caso de siniestro o en situaciones de emergencia que pudieran producirse durante su uso.
  8. Estudio Geotécnico.
  9. Estudio de Seguridad y Salud Laboral.
  10. Declaración del técnico autor del proyecto sobre la conformidad del mismo a la ordenación urbanística aplicable (artículo 154.1 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid). Asimismo, en su caso, el técnico autor del proyecto de construcción, deberá certificar de forma expresa que dicha edificación cumple los requisitos y exigencias de Seguridad, Salubridad, y Protección del Medio Ambiente, de la legislación vigente en el momento de la solicitud, en cuanto a las condiciones constructivas del mismo, reservas de espacios y locales técnicos para ubicación de maquinarias e instalaciones, y previsiones de las canalizaciones, espacios y/o huecos de obras necesarios para la buena ejecución de las instalaciones y ubicación de maquinarias que se precisen.
  11. Proyecto redactado por técnico competente, de infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación, cuando proceda.
  12. Impreso de estadística de la edificación.
  13. Certificado final de las obras e instalaciones ejecutadas, firmado por técnico competente y visados, en su caso, por el colegio oficial correspondiente, acreditativo de la realización de las mismas conforme al proyecto.

Para las obras de nueva implantación, una vez finalizada la obra, se aportará la documentación para la primera ocupación de las edificaciones

En su caso será necesario:

  1. Separata técnica firmada por técnico competente relativa a lo establecido en la Ley 8/2005, de 26 de diciembre, de Protección y Fomento del arbolado urbano de la Comunidad de Madrid, informada por Medio Ambiente.
  2. Autorización arqueológica en el supuesto de que el edificio a construir se encontrara en zonas de interés arqueológico.
Declaración responsable única para ejecución de obra sin proyecto técnico con actividad. Documentación
  1. Documento de Declaración Responsable firmado y cumplimentado según modelo del Ayuntamiento de Alcalá de Henares. declaracion_responsable_actividad_con obras_asociadas
  2. Acreditación de la Representación, en su caso. acreditación_representación
  3. Documento justificativo del abono mediante autoliquidación de la tasa por prestación de servicios urbanísticos.
  4. Documento justificativo del abono mediante autoliquidación de la tasa por prestación del Servicio de Comprobación y Control de las Actividades de Servicios que se realicen en establecimiento físico determinado.
  5. Documento justificativo del abono mediante autoliquidación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
  6. Memoria descriptiva de las obras a realizar y su presupuesto
  7. Memoria con la descripción de la actividad, en su caso
  8. Declaración de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (cuando este sea obligatorio) o, en su defecto, fotocopia de la Declaración censal correspondiente, indicando los epígrafes que se correspondan con la declaración presentada.
  9. Planos o croquis, a escala, acotados, de planta, sección y alzado que reflejen la distribución y uso del local y documentación de características básicas de la actuación que se pretende. Se detallará por separado el estado actual y el estado reformado, relacionando la zona afectada por las obras con el resto del edificio
  10. Presupuesto detallado por partidas de las obras a ejecutar detallando unidades y materiales que intervienen en la misma, a precios actuales de mercado (coste real y efectivo de la obra incluyendo mano de obra, debiéndose considerar como mínimos los módulos que para cada tipo de obra se establezcan).
  11. Impreso normalizado para la gestión de residuos y copia de la fianza depositada para responder de la correcta gestión de los mismos.
  12. Contrato de mantenimiento de instalaciones de extinción de incendios
  13. En el caso de que para la ejecución de las obras necesiten ocupar la vía pública, deberá presentar la correspondiente solicitud de autorización.

En su caso será necesario:

  • Separata técnica firmada por técnico competente relativa a lo establecido en la Ley 8/2005, de 26 de diciembre, de Protección y Fomento del arbolado urbano de la Comunidad de Madrid, informada por Medio Ambiente.
  • Certificado final de las obras e instalaciones ejecutadas, firmado por técnico competente y visados, en su caso, por el colegio oficial correspondiente, acreditativo de la realización de las mismas conforme al proyecto.
Condiciones generales de la Declaración Responsable de obras y actividad

Deberá aportar la documentación en la que se justifique, en los casos de edificios con locales y/o naves industriales que se construyan de forma genérica sin uso o en bruto, para una posterior adecuación, el cumplimiento de los siguientes aspectos:

  1. Las condiciones de protección contra incendios en cuanto a la estabilidad y resistencia al fuego de la estructura y elementos constructivos.
  2. Las condiciones de aislamiento acústico.
  3. La implantación de las correspondientes chimeneas de salidas de humos y/o ventilación preceptivas para ciertas actividades.
  4. Las canalizaciones o conducciones previstas para acondicionamiento de aire, y todas aquellas que discurran por las zonas comunes o sean medianeras de los edificios de uso residencial.
  5. El cumplimiento de la normativa de accesibilidad, al menos en de las entradas a cada local/nave. Deberán quedar expresamente indicados en memoria y en un plano general: cuales son los locales que disponen de salida de humos, que accesos cumplen la normativa de accesibilidad, cual es la altura libre de cada local y cualquier otra característica que pueda suponer limitaciones de uso.
  • En caso de obra de nueva implantación depósito garantía por ejecución simultánea de obras de urbanización y edificación.
  • En caso de instalación de grúa torre, declaración responsable de obra, con proyecto para la instalación de la misma y depósito de la tasa por ocupación de vía pública del barrido de la grúa.
  • En caso de ocupar la zona de retranqueo, autorización de los colindantes.
  • En caso de obras que modifiquen las condiciones de protección contra incendios, Certificado de cumplimiento de CTE firmado por el personal técnico competente.
  • En caso de obra con proyecto según LOE, encargo a Director/a de obra, Director/a de Ejecución de obra y Coordinador/a de seguridad y salud en fase de ejecución, o, en su caso, al personal técnico competente según la LOE o normativa en vigor.
  • En caso de que intervengan dos o más empresas constructoras nombrará Coordinador/a de seguridad y salud durante la ejecución de las obras al personal técnico competente. En caso de que intervenga una sola empresa constructora, ésta contará con evaluación de riesgos laborales, en cumplimiento de la normativa de prevención de Riesgos Laborales.

Proyecto técnico de Actividades

El Proyecto técnico de Actividades es el proyecto técnico requerido para la implantación de una actividad y deberá contener con suficiente concreción las determinaciones necesarias para desarrollar la actividad solicitada. Incluirá como mínimo, memoria, planos de usos y planos con las distintas instalaciones, presupuesto de las instalaciones y maquinaria que sean precisas para el desarrollo de la actividad con independencia que dichas instalaciones y/o maquinaria estén ya implantadas en la actividad.

Se deberá realizar de acuerdo con lo regulado en el planeamiento, disposiciones u ordenanzas municipales y demás disposiciones supramunicipales vigentes.

Las alteraciones que pretendan introducirse durante la ejecución de las actuaciones autorizadas, requerirán aprobación municipal con antelación a la solicitud de Licencia de Primera Ocupación.

Actividades que deben presentar Proyecto

Se entiende por proyecto técnico el conjunto de documentos que definen las actuaciones a realizar, con el contenido y detalle que permita a la Administración municipal conocer el objeto de las mismas, y en especial si se ajusta a la normativa urbanística y sectorial aplicable.

Las actividades que se incluyen dentro de alguno de los supuestos siguientes deberán presentar proyecto firmado por técnico competente:

  1. Que la actividad no esté incluida dentro de los supuestos para la tramitación con memoria.
  2. Que la actividad, estando incluida en el ámbito de aplicación de Ley 2/2012, de 12 de junio, de Dinamización de la Actividad Comercial en la Comunidad de Madrid, tenga que presentar proyecto técnico, en su caso.
  3. Actividades que en aplicación de las exigencias básicas de seguridad en caso de incendio establecidas en el Documento Básico de Seguridad en caso de Incendios (CTE DB SI), si se da alguno de los siguientes supuestos:

3.1. Que la actividad requiera una segunda salida conforme a la exigencia básica de evacuación de ocupantes.

3.2. Aquellas con ocupantes incapaces de cuidarse por sí mismos o que precisen, ayuda para la evacuación, como aquellas incluyan zonas de hospitalización o de tratamiento intensivo, residencias geriátricas o de personas discapacitadas, centros de educación especial, infantil, centros de ocio y recreo infantil y demás actividades definidas en el CTE DB SI como uso hospitalario.

3.3. En los casos en que se requiere instalar un sistema de control del humo de incendio capaz de garantizar dicho control durante la evacuación de los ocupantes, de forma que ésta se pueda llevar a cabo en condiciones de seguridad, conforme a la exigencia básica de evacuación de ocupantes.

  1. Que la actividad precise plan de autoprotección.
  2. Establecimientos industriales.
  3. Cualesquiera otras actividades que precisen para su implantación un proyecto o documento técnico de acuerdo con la normativa sectorial, siempre que el proyecto o el documento deban ser tenidos en cuenta para el otorgamiento de la correspondiente licencia, como por ejemplo actividades que requieran proyecto eléctrico (Pública concurrencia según REBT…), o con potencia superior a 70KW según RITE.

 En todo caso, las declaraciones responsables de actividad con proyecto tendrán que estar firmadas además de por el interesado, por el técnico competente habilitado que haya firmado el proyecto. Asimismo, para cualquier tipo de actividad con superficie útil de implantación superior a 300 m2 la Declaración Responsable deberá estar firmada además de por el interesado por un técnico competente habilitado.

 

Actividades que pueden presentar Memoria

Las actividades que pueden presentar Memoria redactada por técnico competente son aquellas que por su naturaleza, carácter y condiciones de funcionamiento no pueden previsiblemente producir molestias, afectar a las normales condiciones de salubridad e higiene, o implicar daños o riesgos graves a personas, bienes públicos o privados, y siempre que el emplazamiento sea adecuado y no se superen los límites siguientes:

  1. Inexistencia de locales de riesgo especial conforme a la normativa de protección contra incendios en vigor.
  2. Potencia instalada/generada inferior a 10 KW, exceptuando los sistemas de climatización/calefacción.
  3. Potencia de los sistemas de climatización inferior a 9.000 frigorías/hora y 25.000 KCal/hora, para frío y calor respectivamente.
  4. Inexistencia de instalaciones radioactivas de cualquier categoría.

 

Contenido mínimo de la Memoria

1) CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA ACTIVIDAD:

  • Descripción de la actividad, emplazamiento y entorno.
  • Características del local, estancias, alturas, accesos y superficies.
  • Maquinaria y medios de trabajo.
  • Instalaciones y servicios generales de la actividad.
  • Alumbrado de emergencia. Características.

 2) JUSTIFICACIÓN DEL DOCUMENTO BÁSICO SI “SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO”:

  • Justificación del SI 1 Propagación interior
  • Justificación del SI 3 Evacuación de ocupantes
  • Cálculo de la ocupación.
  • Número de salidas y longitud de los recorridos de evacuación.
  • Dimensionado de los medios de evacuación.
  • Puertas situadas en recorridos de evacuación.
  • Señalización de los medios de evacuación.
  • Justificación del SI 4 Instalaciones de protección contra incendios.
  • Dotación de instalaciones de protección contra incendios.
  • Señalización de las instalaciones manuales de PCI.

 3) JUSTIFICACIÓN DEL DOCUMENTO BÁSICO DE SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN Y ACCESIBILIDAD DB-SUA:

  • Justificación de la seguridad frente al riesgo de caídas
  • Desniveles
  • Justificación de la Accesibilidad en el acceso y en el interior de la edificación.
  • Servicios higiénicos accesibles.

4) JUSTIFICACIÓN ORDENANZAS MUNICIPALES DE POLICÍA Y BUEN GOBIERNO

  • Instalación de climatización, características técnicas, potencia eléctrica, potencia frigorífica y caudales de la unidad exterior. 

5) PLANOS QUE CONTENGAN LA SIGUIENTE INFORMACIÓN:

  • Situación y emplazamiento.
  • Posición del local con respecto al edificio, identificación de los locales y piezas colindantes (con sus usos) tanto al mismo, como inferior o superior nivel.
  • Distribución general. Cotas superficies y aforos.
  • Planta General con identificación de las instalaciones; eléctrica, protección contra incendios, iluminación de emergencia y señalización e identificación de la maquinaria o equipamiento de la actividad con sus características técnicas.
  • Planta general de sectores de incendio, recorridos de evacuación, salidas y asignación de ocupantes.
  • Alzados con unidades exteriores de climatización y huecos en fachadas.
  • En el caso de instalaciones de las unidades exteriores en cubierta o expulsión de aire y gases por chimenea, plano de cubierta justificativo del cumplimento de las Ordenanzas Municipales de Policía y Buen Gobierno.
Efectos

Las Declaraciones Responsables, no contrarias a la normativa urbanística, permitirán, con carácter general, el derecho a la ejecución de obras y al ejercicio de la actividad desde el día de su presentación, siempre que vaya acompañada de su documentación completa, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección del Ayuntamiento.

La Declaración Responsable tendrá vigencia en tanto se realicen los actos amparados por las mismas y de acuerdo con las condiciones especiales que integren su contenido, mientras no se resuelva el oportuno expediente administrativo de declaración de ineficacia de la misma.

La realización de actos, operaciones y actuaciones a las que se refiere el presente régimen, sin comunicación previa al Ayuntamiento, carecerán de título habilitante a todos los efectos.

Con carácter previo a la presentación de la Declaración Responsable, el interesado podrá solicitar consulta conforme al art. 10 de la Ordenanza de Tramitación de Licencias Urbanísticas o cita previa a los Servicios Técnicos Municipales, a fin de evitar cualquier efecto desfavorable ocasionado por la falta de información sobre la ejecución de la obra

La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a una declaración responsable, o su no presentación, determinará la imposibilidad de iniciar, modificar la actividad o su ejercicio desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiere lugar.

Si la inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial trajera causa del proyecto técnico, los autores del mismo incurrirán en las responsabilidades previstas en la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid.

La resolución del Ayuntamiento que, previa audiencia del interesado, declare tales circunstancias podrá determinar la obligación del interesado de restituir la situación jurídica al momento previo al reconocimiento o al ejercicio del derecho o al inicio de la actividad correspondiente, así como la imposibilidad de instar un nuevo procedimiento con el mismo objeto durante un período máximo de un año.

Cómo realizar el trámite

Puede presentar la Declaración Responsable de cualquiera de las formas siguientes:

En línea: a través del enlace al Registro Electrónico. Para ello deberá disponer de alguno de los certificados electrónicos admitidos.

IMPORTANTE: El artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece quienes están obligados a relacionarse con medios electrónicos con las administraciones públicas.

Presencialmente: en las oficinas de registro municipales, en los registros de otras Administraciones Públicas o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Pago

Autoliquidación de la Tasa por la prestación del servicio de comprobación y control de las actividades de servicio que se realicen en establecimiento físico determinado. 

Autoliquidación de la Tasa por prestación de servicios urbanísticos.  

Autoliquidación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.  

El abono de la autoliquidación podrá efectuarse mediante pago online con tarjeta de crédito, debido, prepago o virtual o mediante la presentación del documento de autoliquidación en cualquiera de las entidades colaboradoras que señalan en el mismo. No serán admitidos pagos mediante transferencia bancaria.

Normativa
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